Subsidio Maternal 2023

Para muchas madres que se encuentran en el país, han sido garantizadas por algunos aportes que han beneficiado a la gestación de sus hijos e hijas durante muchos años. A pesar de ello, durante este año 2023, no va a ser distinto, sino que están considerando mejorar el sistema de apoyos para aquellas mujeres con bajos recursos o sin posibilidades de un digno parto.

Cabe resaltar que el Subsidio Maternal 2023 es un beneficio monetario que se paga directamente a la mujer trabajadora que este en pronta labor de parto. De esta manera, se garantiza un aporte para su ahorro y además, una medida de prevención de para cualquier circunstancia que requiera la madre durante el natalicio del pequeño.

¿De qué trata el Subsidio Maternal?

Este tipo de subsidio para madres se entrega como una asistencia mientras ellas están en las períodos del embarazo. Sin embargo, es necesario que la ciudadana sea parte de las estadísticas del 60% más vulnerable del país con respecto a su región según el Registro Social de Hogar.

El aporte se entrega directamente durante todos los meses que se haga el reporte de estado de embarazo, por lo que durante este tiempo, es necesario que las reuniones médicas sean dirigidas con todos los expedientes pertinentes para la institución y así certificar los beneficios hasta los días del nacimiento del bebé.

El Subsidio Maternal se entrega de manera monetaria con el reemplazo de de la renta para las trabajadoras que cumplan ciertos requerimientos dentro del sistema, Todos estos deben ser también parte de los requerimientos que establecen dentro de las leyes y además tengan en su disposición alguna de las siguientes licencias medicas o de descanso

· Prenatal y prenatal suplementario

· Postnatal y postnatal suplementario

· Postnatal parental

· Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año

¿Para quienes está dirigido el Subsidio Maternal?

La amplia designación por parte de los aportes que se gestionan para este subsidio especial, es directamente dirigida para aquellas trabajadoras dependientes que formen parte del sector público o privado del país. Además, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

· Deben haber sido afiliadas durante 6 meses antes de forma previsional en el sistema del AFP justo antes del día del inicio de la licencia

· Debe haber cotizado durante 3 meses o 90 días dentro de los 6 meses previos a la fecha que este designado el comienzo de la licencia medica

· Contar con un contrato de trabajador que esté vigente

Cabe resaltar que las trabajadoras dependientes del sector público tienen un derecho a todos los descansos y permisos a su solicitud. Por lo tanto, hay que resaltar que este periodo de derecho al mantenimiento del sueldo no cubre al subsidio, siempre y cuando esté completamente vigente toda la relación laboral de la ciudadana.

Para las trabajadoras que sean dependientes con algún contrato por día, turno o jornadas especificas, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

· Debe tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional dentro del sistema del AFP, la cual debe ser antes del día que inicia la licencia medica

· Debe contar con al menos 30 días de cotizaciones dentro de los 180 días antes del inicio de la licencia médica, la cual no importa si son de manera continua o discontinuas

· Debe contar con un contrato de trabajo vigente

Para las trabajadoras independientes y voluntarias deben cumplir los siguientes requerimientos:

· Debe contar con 12 meses de afiliación previsional dentro del sistema del AFP, la cual debe contar por lo menos con 1 mes antes del inicio de la licencia medica

· Debe contar por lo menos con 6 meses de cotizaciones dentro del periodo de 12 meses de afiliación previsional antes del mes que comienza la licencia médica, las cuales no tienen importancia si son de manera continuas o discontinuas dentro de este tiempo

· Debe tener al día el pago de sus cotizaciones, las cuales, deben corresponder dentro del mes anterior antes de que empiece la licencia medica

Cabe destacar que las trabajadoras independientes y voluntarias deben haber acreditado el desarrollo de sus actividades que generan sus ingresos, las cuales deben estar vigentes en todo momento. Todas estas deben haber presentado su último pago de IVA, boletas de honorarios, patentes comerciales y otros documentos que destaquen sobre su requerimiento de estatus laboral.

Además, si el desarrollo de las actividades exentas de impuesto, las cuales no tienen una obligación tributaria a su nombre, deben estar acreditadas con la presentación de dos declaraciones juradas de algunas personas que hayan sido prestadoras de sus servicios.

Todas las trabajadoras independientes están obligadas a cotizar, por lo que deben acreditar la calidad de sus servicios con un comprobante de pago ante el Servicio de Impuestos Internos. De esta forma, quedarán exentas de los demás requisitos a contar desde el mes de julio de este año 2023.